Guía completa para dar de baja a una empleada del hogar: responsabilidades y trámites

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La contratación de empleados del hogar es una práctica común en muchos hogares.

Sin embargo, el proceso de dar de baja a un empleado doméstico puede ser complicado si no se conocen las responsabilidades del empleador y los trámites necesarios.

En este artículo, se explicará de manera exhaustiva cómo dar de baja a una empleada del hogar y cuáles son las obligaciones legales que debe cumplir el empleador.

Obligación de dar de alta en la Seguridad Social

Desde 2024, la ley obliga a todos los empleadores de empleados del hogar a darles de alta en la Seguridad Social, independientemente del número de días u horas que trabajen. Esto significa que el empleador es responsable de realizar los trámites de alta y pagar las cuotas correspondientes a la Seguridad Social. Si el trabajador realiza una jornada inferior a 60 horas mensuales y lo acuerda con su empleador, puede gestionar los trámites por sí mismo. Es importante mencionar que, si el trabajador presta servicios en varios domicilios, cada empleador debe tramitar el alta de manera independiente.

Formalización de la relación laboral por escrito

La legislación vigente establece que la relación laboral entre el empleador y el empleado del hogar debe estar formalizada por escrito. Esto implica que se debe firmar un contrato donde se especifiquen las condiciones laborales, como el salario, las horas de trabajo, las vacaciones, entre otros aspectos. Si el empleador no cumple con esta obligación, puede enfrentar sanciones por parte de las autoridades competentes.

Trámites de alta en la Seguridad Social

Una vez que se haya formalizado la relación laboral por escrito, el empleador debe realizar los trámites de alta en la Seguridad Social. Esto debe hacerse antes del inicio de la actividad laboral, con un máximo de dos meses de antelación. En caso de que el trabajador ya haya comenzado a prestar servicios, el empleador cuenta con un plazo máximo de 30 días para realizar la tramitación.

El alta se realiza en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen de la Seguridad Social. Para llevar a cabo este proceso, el empleador puede acudir a las oficinas de la Seguridad Social o realizar los trámites en línea mediante el portal Import@ss.

Baja de la empleada del hogar

Cuando el empleado del hogar deja de prestar sus servicios, ya sea por finalización del contrato, renuncia voluntaria o despido, el empleador tiene la responsabilidad de tramitar la baja en la Seguridad Social. Esto es aplicable incluso si el trabajador fue quien gestionó el alta.

El proceso de baja puede realizarse con hasta dos meses de antelación a la fecha en que el empleado dejará de prestar sus servicios y hasta tres días después de dicha fecha. Para realizar el trámite de baja, el empleador debe ingresar a la página de la Tesorería General de la Seguridad Social y dirigirse a la sección «Altas, bajas y modificaciones».

En resumen, dar de baja a una empleada del hogar implica cumplir con diversas responsabilidades por parte del empleador, desde dar de alta en la Seguridad Social hasta formalizar la relación laboral por escrito y realizar los trámites correspondientes. Conocer y cumplir con estas obligaciones es esencial para evitar sanciones y asegurar una relación laboral adecuada con el empleado.

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